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Información orientativa

Preguntas frecuentes

Respuestas breves sobre la función del procurador, la representación procesal y la coordinación con abogados.
Dudas habituales

Información clara antes de contactar.

La información recogida en esta página tiene carácter orientativo y puede variar según el tipo de procedimiento y las circunstancias de cada asunto.
El procurador representa procesalmente a una parte ante los órganos judiciales. Su función consiste en intervenir en la tramitación del procedimiento, recibir notificaciones, presentar escritos cuando corresponda y facilitar la comunicación procesal entre el juzgado, el abogado y el cliente.
El abogado asume la dirección jurídica y la defensa del asunto. El procurador representa formalmente a la parte ante el órgano judicial y se ocupa de la gestión procesal del procedimiento.
La intervención de procurador depende del tipo de procedimiento y de lo previsto en la normativa procesal. En muchos procedimientos judiciales es obligatoria, mientras que en otros puede no ser necesaria.
La representación puede otorgarse mediante poder notarial o mediante apoderamiento apud acta. El sistema concreto dependerá del procedimiento y de la forma en que se tramite la personación.
El apud acta es una forma de otorgar representación a favor del procurador. Puede realizarse ante la administración de justicia y, en determinados supuestos, también por medios electrónicos.
Es habitual que abogados de distintas localidades colaboren con procuradores colegiados en el territorio en el que se tramita un asunto. La coordinación entre abogado y procurador resulta especialmente importante.
Para una primera consulta, es recomendable indicar el tipo de procedimiento, el órgano judicial si se conoce, los datos de las partes, el estado del asunto y cualquier plazo o señalamiento próximo que pueda ser relevante.
La dirección jurídica y el asesoramiento legal corresponden al abogado. El procurador interviene en la representación procesal y en la gestión de las actuaciones judiciales propias de su función.
El procurador recibe las notificaciones procesales por los cauces habilitados para ello y las gestiona conforme a las necesidades del procedimiento, manteniendo la coordinación con el abogado y con el cliente cuando corresponda.
Puede contactar con el despacho por teléfono en el +34 934 171 560 o por correo electrónico en cortal@cortalpedra.com.